RESIDENCIAS


Radicaciones NO MERCOSUR


La Política Migratoria Argentina se define a partir de lo establecido en la Ley Nº 25.871, Dto. 616/2010. De esta forma, todas aquellas personas que deseen radicarse en la República Argentina deberán encuadrar en alguno de los criterios de admisión enumerados en los artículos 22 (radicación permanente) y 23 (radicación temporaria) del cuerpo legal citado.
A tales fines, la Dirección Nacional de Migraciones exigirá a los extranjeros tanto documentación personal, como aquella documentación que sea probatoria de la adecuación de cada persona al criterio de admisión bajo el cual se solicita la residencia.

A los efectos operativos y de acuerdo a lo establecido en la Legislación vigente, los modos y requisitos para obtener una residencia -ya sea ésta temporaria o permanente- observan diferencias de acuerdo a si el solicitante es ciudadano nativo de los Países Miembros y Estados Asociados al MERCOSUR o si es NO-MERCOSUR.



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