DOCUMENTACIÓN
A PRESENTAR A FIN DE SOLICITAR RESIDENCIA POR TRATAMIENTO MÉDICO
(ART 23 INC H Y 24 INC G DE LA LEY 25871)
TRATAMIENTO MÉDICO
DOCUMENTACIÓN PERSONAL A PRESENTAR
IDENTIDAD.
Cédula de identidad, pasaporte o certificado de nacionalidad con
foto, originales. Estos documentos deberán encontrarse vigentes,
en buen estado de conservación y con un juego de fotocopia completo
(inclusive hojas en blanco)
INGRESO.
Sello de ingreso al país estampado en el documento de viaje o en
la tarjeta migratoria.
PARTIDA DE NACIMIENTO.
La misma deberá encontrarse legalizada por el Consulado Argentino
del país de origen del documento o apostillada.
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES DEL PAÍS DE ORIGEN.
Deberá ser emitido por el país donde residió los
últimos 5 (cinco) años anteriores a su ingreso al país.
Solo exigible a mayores de 16 (dieciséis) años.
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES ARGENTINOS.
Emitido por Policía Federal Argentina (Azopardo 620, Ciudad Autónoma
de Bs. As.l) o Registro Nacional de Reincidencia (Tucumán 1353,
Ciudad Autónoma de Bs. As.) solo exigible a mayores de 18 (dieciocho)
años
Tasa de radicación $ 600
DOS FOTOS 4x4 COLOR
Toda documentación expedida por las representaciones consulares
en territorio nacional, deberá contar con la legalización
del Ministerio de Relaciones Exteriores Argentino (Arenales 819, Ciudad
Autónoma de Bs. As.)
*Historia clínica en donde conste la patología y el tratamiento
médico a seguir en un establecimiento sanitario dentro de la República
Argentina. Si el tratamiento fuera llevado a cabo en un hospital público
deberá encontrarse suscripta por el director de la institución.
Si el tratamiento fuera llevado a cabo en una institución privada
o ante un médico particular, deberá certificarse la firma
del profesional ante el Ministerio de Salud Argentino.
NOTA: cuando el tratamiento médico fuera prácticado
en menores de edad, discapacitados o enfermos que por la importancia de
su patología debieran permanecer acompañados, y este acompañante
fuera extranjero, la residencia se hará extensiva a los familiares
directos, representante legal o curador, acompañando la documentación
personal de estos.
LA RESIDENCIA A OTORGAR SERÁ TEMPORARIA O TRANSITORIA
IMPORTANTE:
• Toda documentación expedida en el extranjero deberá
contar con la legalización del Consulado Argentino, sito en el
país emisor del documento o Apostillada, si el país hubiera
ratificado el Convenio de La Haya.
• Toda documentación expedida en idioma extranjero deberá
contar con la traducción al castellano efectuada por Traductor
Público Nacional (Art. 6º Ley 20305) y legalizada por el Colegio
de Traductores en el cual el profesional estuviera matriculado.
• La documentación a presentar deberá ser original
e ir acompañada de su respectiva fotocopia, a fin de proceder a
su certificación.
• La Dirección Nacional de Migraciones podrá solicitar,
si así lo considerase necesario, documentación adicional
a la detallada.
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